viernes, 17 de julio de 2015

ALERTA EN FIESTAS PATRIAS

Si estas Fiestas Patrias viajas, participarás en un campamento, irás a comer a un buen restaurante o quieres aprovechar tu gratificación comprándote algo que te hace falta, lee atentamente para que evites ser víctima de robo o fraude que malogre tus días.

Evita llevar grandes cantidades de efectivo: Si vas a realizar pagos con significativas sumas de dinero, lo más recomendable es hacerlo a  través de transferencias interbancarias, cheques de gerencia o giros nacionales.

Cuando utilices sus tarjetas: No proporciones tu clave secreta. Al cancelar sus compras no pierdas de vista su tarjeta, podrías ser víctima de clonación de tarjeta, cambiazo, entre otros. En caso de retención, extravío o robo, bloquee su tarjeta inmediatamente. 

Cuando acudas a los cajeros automáticos: De preferencia úsalos de día. Si vas de noche, acude acompañado (a) o procure utilizar los cajeros ubicados en centros comerciales. No hagas caso a avisos puestos en el cajero, como por ejemplo digite su clave tres veces, estos son colocados por extraños para confundirnos y tomar conocimiento de nuestra clave.

Si viajas al interior del país: Evita transportar dinero y usa las redes de agencias, cajeros automáticos y agentes que los bancos ponen a tu disposición en todo el país.

Vía online

Ten cuidado con los correos electrónicos que aparentan ser de tu entidad financiera. Estos llegan a la bandeja de entrada o a la carpeta de correos no deseados y la mayoría de veces presentan vínculos a formularios que solicitan la actualización de datos y claves secretas del cliente. 

Si recibes un correo con tus nombres y apellidos, comunícate con la Banca por Teléfono de tu entidad financiera para confirmar su veracidad.

Si recibes algún correo alertando sobre una transacción  o un producto que no ha solicitado, comunícate con el Banco para validar la información. 

Correos electrónicos que aparentan ser de portales de noticias. Es común que los virus troyanos se propaguen con supuestos correos de portales de noticias que anuncian historias de gran impacto y que vinculan un enlace a una web externa.

La manera más segura de buscar esta información es accediendo directamente a las webs de los propios medios de comunicación.

Cadenas de correos electrónicos. Son una forma común de propagar virus troyanos, que se activan apenas se abren los archivos adjuntos. Estas cadenas son usadas además por delincuentes para recolectar correos y datos de los usuarios.

Correos electrónicos autogenerados: Ten cuidado con correos que contienen mensajes amigables como “mira el álbum de mi último viaje”, “muy bueno, se lo recomiendo” o “vota por mí”.

Si nota que los correos proviene de algún amigo, alértalo sobre el riesgo y sugiérele cambiar su clave o revisar su PC.

jueves, 16 de julio de 2015

SEGURIDAD PRIVADA EN EL PERU (I)

Consideramos a las Empresas de Seguridad Privada como uno de los actores principales dentro del rubro de la Seguridad nacional, por lo que con este y siguientes artículos sobre la Ley que las regula queremos poner en conocimiento de todos los clientes que disponen o quisieran disponer de los servicios que estas Empresas prestan los deberes, derechos y obligaciones que la Ley N° 28879 dispone para ellas y también para los propios clientes.

LEY DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º.- Objeto de la Ley

La presente Ley establece las disposiciones que regulan tanto a las personas naturales y jurídicas públicas o privadas, que prestan servicios de seguridad privada a terceros y aquellas personas jurídicas públicas o privadas que organizan servicios internos por cuenta propia dentro de su organización empresarial; y las actividades inherentes a dicha prestación u organización.

Artículo 2º.- Ámbito de aplicación

Toda persona natural o jurídica que realiza, en cualquier lugar del territorio nacional, actividades de servicio de seguridad privada bajo modalidad normada en esta Ley, se sujeta a las disposiciones contenidas en la presente Ley.

Artículo 3º.- Autoridad competente

3.1     El Ministerio del Interior es la autoridad competente para la regulación, control y supervisión de los servicios de seguridad privada, en cualesquiera de las modalidades normadas en esta Ley. La competencia la ejerce el sector a través de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, en adelante DICSCAMEC.
3.2     La DICSCAMEC en su rol de control y supervisión, realiza acciones inopinadas y aleatorias de control y supervisión de las empresas dedicadas exclusivamente a prestar servicios de seguridad privada; labor que a requerimiento de DICSCAMEC, y de forma específica, puede efectuar la Policía Nacional del Perú, la misma que al finalizar dicha labor, debe presentar un informe a la DICSCAMEC sobre las actividades realizadas.
3.3     Toda mención que se realice en la presente Ley referida a autoridad competente se entiende por DICSCAMEC.

CAPÍTULO II
SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

Artículo 4º.- Definición

Son aquellas actividades destinadas a cautelar y proteger la vida e integridad física de las personas, así como dar seguridad a patrimonios de personas naturales o jurídicas; realizadas por personas naturales o jurídicas bajo alguna de las modalidades normadas en la presente Ley y debidamente autorizadas y registradas ante la autoridad competente.

Artículo 5º.- Modalidades

Los servicios de seguridad privada se desarrollan bajo las siguientes modalidades:
a)      Prestación de Servicio de Vigilancia Privada.
b)      Prestación de Servicio de Protección Personal.
c)      Prestación de Servicio de Transporte de Dinero y Valores.
d)      Servicio de Protección por Cuenta Propia.
e)      Prestación de Servicios Individuales de Seguridad Personal y Patrimonial.
f)       Prestación de Servicios de Tecnología de Seguridad.
g)      Prestación de Servicios de Consultoría y Asesoría en temas de seguridad privada.

miércoles, 15 de julio de 2015

POLICIA NACIONAL DEL PERU

La Policía Nacional del Perú es una institución del Estado dependiente del Ministerio del Interior, creada para garantizar el orden interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas. Es profesional y jerarquizada. Sus integrantes representan la ley, el orden y la seguridad en toda la República y tienen competencia para intervenir en todos los asuntos relacionados con el cumplimiento de su finalidad fundamental.

Como en muchos países (España, Francia, Italia, Colombia, Chile, Ecuador, etc.), la Policía Nacional del Perú tiene organización castrense, la cual, según la ley de la creación de la Policía Nacional del Perú2 , fue heredada de los dos cuerpos policiales uniformados anteriores a ella que eran la Guardia Civil del Perú y la Guardia Republicana del Perú, cuyos antecesores mas antiguos fueron cuerpos policiales que nacieron con la república (i. e. la Milicia Cívica y la Guardia de Policía) y que luego de muchos años de procesos de reorganización han devenido en la actual institución, cuya disciplina está regida por sus propios reglamentos y por el Código de Justicia Militar Policial del Perú.

Está facultada de acuerdo con la Constitución Política a la posesión y al uso de armas de guerra. Asimismo en conjunto con las Fuerzas Armadas, ha combatido con éxito la subversión, durante las décadas de los años 80 y 90 del siglo XX. No obstante al haber evolucionado a la par con el desarrollo de la nación sin dejar de lado su naturaleza y disciplina castrense, actualmente es una institución de carácter civil, al servicio de la comunidad, con más de cien mil hombres y mujeres repartidos en toda la república.

La finalidad fundamental de la Policía Nacional del Perú es garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.

El 7 de diciembre de 1988 fue publicada la Ley 24949 del 6 de diciembre de 1988 que modificando los artículos pertinentes de la Constitución Política del Perú de 1979 crea definitivamente la Policía Nacional del Perú, dicha ley fue dada y promulgada el 25 de noviembre de 1988.13

Los objetivos que se buscaron fueron, entre otros, integrar las tres Fuerzas Policiales, hacer un mejor uso de los recursos económicos, desaparecer los conflictos que existían entre ellas originados por “dualidad de funciones” y, sobre todo, ofrecer un mejor servicio a la sociedad.

Con motivo de la unificación de las Fuerzas Policiales la Guardia Civil, la Policía de Investigaciones, y la Guardia Republicana pasaron a denominarse “Policía General”, “Policía Técnica” y “Policía de Seguridad” hasta 1991.

Luego de la creación de la Policía Nacional del Perú, se designa a Santa Rosa de Lima, por el Decreto Supremo Nº 0027-89-IN, publicado el 18 de septiembre de 1989, como su Patrona. En 1995 Santa Rosa de Lima fue condecorada con la Orden al Mérito de la Policía Nacional en el grado de Gran Cruz otorgándosele además la Banda Honorífica de Generala de la Policía Nacional del Perú, en su condición de Patrona del instituto. En el Calendario Anual de Festividades Institucionales de la Policía Nacional del Perú, se designó al 30 de agosto de cada año como el “Día de Santa Rosa de Lima y de la Virtud Policial”, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0027-89 y la Resolución Directoral N° 355092 del 6 de agosto de 1992.

Hoy la Policía Nacional del Perú es una fuerza policial moderna y eficiente, en cuanto a la realización de las operaciones policiales, experimentada en más de 20 años de guerra contrainsurgente y en el combate contra el tráfico ilícito de drogas, con más de 140 mil efectivos, es una de las mayores de Latinoamérica, cuenta con importantes unidades terrestres, aéreas y acuáticas, así como con fuerzas especiales y comandos paracaidistas (como "Los Sinchis" de la antigua 48.ª Comandancia de la Guardia Civil del Perú), presentes en todo el territorio peruano.

Según su ley de creación, la Policía Nacional tiene las siguientes funciones:

  • Mantener la seguridad y tranquilidad pública.
  • Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos.
  • Garantizar la seguridad ciudadana.
  • Brindar protección al niño, al adolescente, al anciano y a la mujer que se encuentran en situación de riesgo de su libertad.
  • Investigar la desaparición de personas naturales.
  • Garantizar y controlar la libre circulación vehicular y peatonal en la vía pública y en las carreteras, asegurar el transporte automotor y ferroviario, investigar y denunciar los accidentes de tránsito, así como llevar los registros del parque automotor con fines policiales, en coordinación con la autoridad competente.
  • Intervenir en el transporte aéreo, marítimo, fluvial y lacustre en acciones de su competencia.
  • Vigilar y controlar las fronteras, así como velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre control migratorio de nacionales y extranjeros.
  • Brindar seguridad al Presidente de la República, a los Jefes de Estado en visita oficial, a los Presidentes de los Poderes Públicos y de los organismos constitucionalmente autónomos, a los Congresistas de la República, Ministros de Estado, así como a diplomáticos, dignatarios y otras personalidades.
  • Cumplir con los mandatos escritos del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones, Ministerio Público y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el ejercicio de sus funciones.
  • Participar en la seguridad de los establecimientos penitenciarios, así como en el traslado de los procesados y sentenciados.
  • Participar en el cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente, la seguridad del patrimonio arqueológico y cultural del Perú.
  • Velar por la seguridad de los bienes y servicios públicos, en coordinación con las entidades estatales correspondientes.
  • Participar en la Defensa Nacional, Defensa Civil y en el desarrollo económico y social del país.
  • Ejercer la identificación de las personas con fines policiales.
  • Ejercer las demás funciones que le señalen la Constitución y las leyes.

martes, 14 de julio de 2015

ICA: ASESINAN AL DIRECTOR DEL HOSPITAL SAN JOSE DE CHINCHA

Crimen en contra de Marcial Wilmar Bernaola Peña (63) se habría ejecutado por venganza o por encargo, según la Policía Nacional.

Una cámara de seguridad registró esta madrugada el preciso instante en el que asesinaron de tres disparos al director del Hospital San José de Chincha, en la urbanización Fonavi de San Martín, en Ica.

El doctor, identificado como Marcial Wilmar Bernaola Peña (63), fue acribillado a las 4:15 a.m. por un presunto sicario que se trasladaba con una moto lineal. El asesino le disparo tres veces al director del nosocomio, mientras este subía a un taxi.

El asesino habría seguido al doctor hace algunos días, y el crimen se perpetuó a unos metros de la vivienda de la víctima, cuando este se dirigía a su centro de labores.

La Policía se encuentra en la búsqueda del homicida, y sostiene que el crimen se habría realizado por venganza o encargo.

CAÑETE: POBLADORES APEDREAN COMISARIA DE CERRO AZUL

Esta mañana un grupo de pobladores apedrearon la comisaría del distrito de Cerro Azul en la provincia de Cañete, región de Lima. Los pobladores atacaron la estación policial debido a que fueron desalojados de un terreno en Puente Tabla de dicho distrito.

En respuesta, los efectivos de la policía lanzaron bombas lacrimógenas para repeler el ataque de los pobladores, mientras que los transeúntes se vieron afectados.


Asimismo, los pobladores acusaron a los policías de estar a favor de los traficantes de terrenos en el lugar denominado Puente Tabla.

SEGURIDAD EN EL PERU

















Este blog se crea por la necesidad de hacer llegar a la ciudadanía peruana nuestra preocupación por la inseguridad existente actualmente en el Perú, nos dedicaremos a hacer llegar a nuestra ciudadanía todas las noticias del sector de la seguridad, tanto por parte de los cuerpos policiales como por parte de las Empresas de Seguridad Privada.

La Seguridad en estos últimos años ha cobrado vital importancia en las Políticas de Estado, pues se está viendo afectada uno de las principales derechos del hombre "el derecho de vivir en paz" en condiciones adecuadas para su desarrollo.

Por esta razón nos parece interesante plantear un Blog Profesional, realizando así un análisis de la Seguridad, sus principales actores, su dinámica, y sus consecuencias.

Tendremos entrevistas diarias para poder entre todos colaborar con las autoridades tanto en el Gobierno Central, como en Gobiernos Regionales y en Municipalidades para resolver o intentar disminuir los niveles de delincuencia existentes ahora mismo en todos los rincones de nuestro querido Perú.

Con el presente Blog pretendemos contribuir al mejor conocimiento de la situación de la Seguridad en el Perú, a pesar de los posibles errores de este proyecto de información.