La Policía Nacional del Perú es una institución del Estado dependiente del Ministerio del Interior, creada para garantizar el orden interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas. Es profesional y jerarquizada. Sus integrantes representan la ley, el orden y la seguridad en toda la República y tienen competencia para intervenir en todos los asuntos relacionados con el cumplimiento de su finalidad fundamental.
Como en muchos países (España, Francia, Italia, Colombia, Chile, Ecuador, etc.), la Policía Nacional del Perú tiene organización castrense, la cual, según la ley de la creación de la Policía Nacional del Perú2 , fue heredada de los dos cuerpos policiales uniformados anteriores a ella que eran la Guardia Civil del Perú y la Guardia Republicana del Perú, cuyos antecesores mas antiguos fueron cuerpos policiales que nacieron con la república (i. e. la Milicia Cívica y la Guardia de Policía) y que luego de muchos años de procesos de reorganización han devenido en la actual institución, cuya disciplina está regida por sus propios reglamentos y por el Código de Justicia Militar Policial del Perú.
Está facultada de acuerdo con la Constitución Política a la posesión y al uso de armas de guerra. Asimismo en conjunto con las Fuerzas Armadas, ha combatido con éxito la subversión, durante las décadas de los años 80 y 90 del siglo XX. No obstante al haber evolucionado a la par con el desarrollo de la nación sin dejar de lado su naturaleza y disciplina castrense, actualmente es una institución de carácter civil, al servicio de la comunidad, con más de cien mil hombres y mujeres repartidos en toda la república.
La finalidad fundamental de la Policía Nacional del Perú es garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.
El 7 de diciembre de 1988 fue publicada la Ley 24949 del 6 de diciembre de 1988 que modificando los artículos pertinentes de la Constitución Política del Perú de 1979 crea definitivamente la Policía Nacional del Perú, dicha ley fue dada y promulgada el 25 de noviembre de 1988.13
Los objetivos que se buscaron fueron, entre otros, integrar las tres Fuerzas Policiales, hacer un mejor uso de los recursos económicos, desaparecer los conflictos que existían entre ellas originados por “dualidad de funciones” y, sobre todo, ofrecer un mejor servicio a la sociedad.
Con motivo de la unificación de las Fuerzas Policiales la Guardia Civil, la Policía de Investigaciones, y la Guardia Republicana pasaron a denominarse “Policía General”, “Policía Técnica” y “Policía de Seguridad” hasta 1991.
Luego de la creación de la Policía Nacional del Perú, se designa a Santa Rosa de Lima, por el Decreto Supremo Nº 0027-89-IN, publicado el 18 de septiembre de 1989, como su Patrona. En 1995 Santa Rosa de Lima fue condecorada con la Orden al Mérito de la Policía Nacional en el grado de Gran Cruz otorgándosele además la Banda Honorífica de Generala de la Policía Nacional del Perú, en su condición de Patrona del instituto. En el Calendario Anual de Festividades Institucionales de la Policía Nacional del Perú, se designó al 30 de agosto de cada año como el “Día de Santa Rosa de Lima y de la Virtud Policial”, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0027-89 y la Resolución Directoral N° 355092 del 6 de agosto de 1992.
Hoy la Policía Nacional del Perú es una fuerza policial moderna y eficiente, en cuanto a la realización de las operaciones policiales, experimentada en más de 20 años de guerra contrainsurgente y en el combate contra el tráfico ilícito de drogas, con más de 140 mil efectivos, es una de las mayores de Latinoamérica, cuenta con importantes unidades terrestres, aéreas y acuáticas, así como con fuerzas especiales y comandos paracaidistas (como "Los Sinchis" de la antigua 48.ª Comandancia de la Guardia Civil del Perú), presentes en todo el territorio peruano.
Según su ley de creación, la Policía Nacional tiene las siguientes funciones:
- Mantener la seguridad y tranquilidad pública.
- Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos.
- Garantizar la seguridad ciudadana.
- Brindar protección al niño, al adolescente, al anciano y a la mujer que se encuentran en situación de riesgo de su libertad.
- Investigar la desaparición de personas naturales.
- Garantizar y controlar la libre circulación vehicular y peatonal en la vía pública y en las carreteras, asegurar el transporte automotor y ferroviario, investigar y denunciar los accidentes de tránsito, así como llevar los registros del parque automotor con fines policiales, en coordinación con la autoridad competente.
- Intervenir en el transporte aéreo, marítimo, fluvial y lacustre en acciones de su competencia.
- Vigilar y controlar las fronteras, así como velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre control migratorio de nacionales y extranjeros.
- Brindar seguridad al Presidente de la República, a los Jefes de Estado en visita oficial, a los Presidentes de los Poderes Públicos y de los organismos constitucionalmente autónomos, a los Congresistas de la República, Ministros de Estado, así como a diplomáticos, dignatarios y otras personalidades.
- Cumplir con los mandatos escritos del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones, Ministerio Público y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el ejercicio de sus funciones.
- Participar en la seguridad de los establecimientos penitenciarios, así como en el traslado de los procesados y sentenciados.
- Participar en el cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente, la seguridad del patrimonio arqueológico y cultural del Perú.
- Velar por la seguridad de los bienes y servicios públicos, en coordinación con las entidades estatales correspondientes.
- Participar en la Defensa Nacional, Defensa Civil y en el desarrollo económico y social del país.
- Ejercer la identificación de las personas con fines policiales.
- Ejercer las demás funciones que le señalen la Constitución y las leyes.
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